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Permiso de Protección de Seguridad Humanitaria

Mediante Decreto Ejecutivo No. 6 de 11 de marzo de 2025, publicado en Gaceta Oficial No. 30236 del 14 de marzo de 2025, el Ministerio de Seguridad Pública crea el Permiso de Protección de Seguridad Humanitaria. 


Serán elegibles para aplicar por este permiso todas las personas extranjeras sin distinción de nacionalidad, que a la entrada en vigencia de este decreto se encuentren irregulares dentro del territorio nacional y que hayan permanecido en el país por un periodo no menor a un (1) año. En el caso que el extranjero haya salido del país durante este año, no podrá haber permanecido más de sesenta (60) días consecutivos fuera de Panamá.


Este permiso también contemplará la emisión de un permiso para trabajar en el territorio nacional.


Los extranjeros que opten por este permiso podrán ser sometidos a entrevistas o evaluación por parte del Servicio Nacional de Migración y el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, para determinar si procede o no el otorgamiento, la cancelación o negación del permiso respectivo.


Los gastos relacionados a la emisión de este permiso son:


  • US$250 en concepto de servicios migratorios.

  • US$100 en concepto de carné y visa múltiple.

  • US$800 en concepto de depósito de repatriación.

  • US$100 en concepto de Permiso de Trabajo.


El permiso será otorgado por un periodo de dos (2) años, transcurrido este tiempo podrá optar por una prórroga de seis (6) años y una vez transcurrido este periodo de la prórroga, podrá optar por la residencia permanente. 


Podrán optar también por este permiso, los extranjeros que no fueron admitidos como refugiados ante la Oficina Nacional para la Atención de Refugiados (ONPAR), así como los extranjeros que aplicaron por el permiso temporal de protección podrán solicitar la prórroga contemplada en este decreto.


Se podrá solicitar este permiso hasta el 13 de marzo de 2026. 

Para más información sobre esta o cualquier otra categoría migratoria, no dude en contactarnos. 

 
 
 

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